Responsabilidad Civil del Medico

 





Respalde su Profesion


El paciente es el principal interesado en que el médico cumpla debidamente con sus obligaciones profesionales, pues de lo contrario pueden derivarse consecuencias indeseables para él y para la sociedad.


La responsabilidad civil es un instrumento jurídico que protege a la persona frente al daño producido por un acto u omisión culposa o dolosa y permite indemnizar a la víctima por los perjuicios causados.


En Venezuela, la responsabilidad civil del médico se regula por el Código Civil y demás leyes complementarias, así como por los Convenios Internacionales (en particular, la Convención de Roma sobre responsabilidad civil extracontractual).


La responsabilidad civil de los médicos consiste en: El daño moral; La indemnización económica; La responsabilidad


La responsabilidad civil del médico venezolano tiene una extensión y alcance que se encuentra regulada por la Ley Orgánica de Salud, la Ley de Sanidad y la Ley General de Salud.


La responsabilidad civil del medico en Venezuela es una figura jurídica que permite indemnizar a las personas dañadas en sus bienes o derechos por el hecho ilícito del médico. Esta figura se encuentra regulada en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Salud (LOS), el cual establece que podrá ser demandado por los daños causados por su actuar negligente. La LOS establece además que “cuando una persona física o jurídica hubiera sido condenada por haber causado daño a terceros y no cumplido con la sentencia, podrá ser demandada por el pago de los perjuicios causados” (artículo 5)


La responsabilidad civil del médico en Venezuela es un tema que no se ha regulado, como si lo hace en otros países. En los Estados Unidos, por ejemplo, el médico está sujeto a la Ley de Responsabilidad Civil del Profesional Médico (Medical Malpractice Law).


La responsabilidad civil del médico en Venezuela se basa en el principio de la culpa y por tanto, según el resultado que se produzca. Por ejemplo, si un paciente muere por negligencia del médico o una operación falla y provoca alguna lesión o infección grave, no es necesario que existan pruebas objetivas de culpa para reclamar indemnizaciones. Dicho en otros términos: no es necesario probar que el facultativo actuó mal para recibir indemnizaciones por daños materiales o morales. 


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